Interés General Boletines Región Centro
   
INFORMACION PARA ASPIRANTES

ORGANIZA: COLEGIO DE MANDATARIOS PARA TRÁMITES RELACIONADOS CON AUTOMOTORES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE - 1º CIRCUNSCRIPCION

MARCO: Convenio de colaboracíon UNL - Colegio de Mandatarios de la Provincia de Santa Fe 1º Circunscripción.

VALIDEZ:
                   MATRICULA PROVINCIAL: Único habilitado para realizar trámites en municipalidades y comunas. El mismo es otorgado por el colegio de mandatarios - 1º circunscripción de la ciudad de Sta Fe.

ACREDITACIONES, COMPETENCIA Y HABILITACION: De la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor y Crédito Prendario, dependiente del Ministerio de Justicia de la Nación y del Colegio organizador, como titular del poder de policia sobre la matrícula de la profesión de Mandatario del Régimen Automotor en la Provincia de Santa Fe, conforme Disposición Nº 151/03 DN-Expte.Nº 39691/06 DN.

DURACIÓN DEL CURSO: 10 meses de cursado, y el período de examenes y recuperatorios.

NORMAS APLICABLES: Disposición Nº 146 DNRPACP, normas legales, estatutarias y reglamentarias del Colegio organizador y del convenio marco UNL - Colegio.

SEDE: Dictado de clases en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales UNL - Cándido Pujato 2751 - 3000- SANTA FE

MODULOS: Materias a cursar: Régimen Jurídico del automotor ( con trabajos prácticos), Introducción al Derecho y Defensa del consumidor, Derecho Constitucional, Derecho Civil, Derecho Penal, Derecho comercial.

COSTOS:  Inscripción $ 450.- (incluye material bibliográfico). (Sujeto a reajuste).
Costo mensual: 10 cuotas de $ 350.-c/u y p/mes, pagaderas del 1 al 10 de c/mes. (Sujeto a reajuste).
Derecho de exámen:(por cada materia de los contenidos) $ 50.-

REQUISITOS: fotocopia del DNI 1era y 2da hoja, fotocopia del certificado de estudios secundario, 1 foto 4x4, $ 450.- inscripción, solicitud completa con los datos personales.

CALENDARIO DE CLASES: Se cursa un solo día en la semana, hay dos opciones: Sábados de 9 hs a 13 hs y comienzan el día 28/08/2010 o Lunes de 18 hs a 22 hs, y comienzan el día 30/08/2010.

INCOMPATIBILIDADES: segun el art: 9-Titulo I- de la Ley 10.688, a saber:
  1. Los magistrados, funcionarios y empleados de la administración de justicia provincial y nacional.
  2. Las autoridades, funcionarios o empleados policiales en actividad.
  3. Los eclesiásticos y miembros de las Fuerzas Armadas en actividad.
  4. Los corredores y martilleros públicos.
  5. Las autoridades y funcionarios de la administración nacional, provincial, municipal y comunal y las reparticiones autónomas, autárquicas o mixtas de la Nación, Provincias, Municipalidades o comunas sean o no rentados y/o efectivos mientras estén en sus cargos.
  6. Los legisladores nacionales o provinciales.
  7. Los intendentes y presidentes de comunas como así también los concejales y consejeros comunales, mientras ejerzan sus funciones.
  8. Los directores y/o funcionarios y/o empleados de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios, mientras estén en sus funciones.
  9. El cónyuge y los parientes consanguíneos y afines en línea recta ascendente o descendente en el primer grado de los enunciados en los iten: 5,6,7 y 8.
Estas incompatibilidades caducan con la cesación del cargo, condición o función. Descargar declaración jurada

REQUISITOS PARA MATRICULACIÓN (Una vez finalizado y aprobado el curso):
  • 3 fotos 4cm x 4cm (fondo celeste).
  • Certificado de antecedentes Penales (expedido por el Registro  Nacional de Reincidencia ).
  • Certificado de libre Inhibición ( expedido por el Registro de la propiedad del inmueble). 
  • Fianza Real: (formulario adjunto por duplicado y fotocopia certificada del título de propiedad  del automotor/ motovehículo o propiedad inmueble propuesto).
  • Derecho de Matriculación: $250.
  • Completar solicitud tipo 140-m ($30) junto a su declaración jurada para la Matrícula Nacional.
  • Declaracion Jurada de Incompatibilidades y Art 5 y 55 , certificadas (escribano, juzgado)
  • 2 fotocopias de D.N.I (sin certificar).
  • 2 constancia de C.U.I.L o C.U.I.T
  • 2 constancia de Codigo Postal (se obtiene, ingresando al sitio web del Correo Argentino: www.correoargentino.com.ar)
  • Una vez recibidas ambas credenciales, mensualmente abonan cuota del mes en curso $20.
Toda la documentación requerida permite el trámite de las Matriculas Nacional y Provincial.


INFORMES E INSCRIPCIONES: Colegio de Mandatarios - de Lunes a Viernes de 8 hs a 12,30 hs.
SANTA FE: Corrientes 2871
      TE: 0342-4581221 / 4597705 / 4595366 (Mónica)
      E-mail: cursos@colegiomandatarios.com.ar
      E-mail: matriculas@colegiomandatarios.com.ar ( Lorena )
RAFAELA: Lavalle 260 - TE: 03492-437253 (Adriana)
RECONQUISTA: Mitre 933 - TE:03482-428014 (Marisa)

JORNADAS DE ACTUALIZACION 2009 MANDATARIOS DEL AUTOMOTOR

Entre los días 16 y 17 de octubre pasados, se han realizado las Jornadas de actualización para Mandatarios del automotor 2009, que contaron con la organización del Colegio de Mandatarios de Santa Fe 1º circunscripción y el auspicio de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNL., en el Aula Alberdi de esta casa de estudios.

La ocasión ha coincido con el 90º aniversario de la nacionalización de la Universidad Nacional del Litoral, a cuya celebración se señaló expresamente en el marco de las jornadas.

Hubo numerosas adhesiones, en especial del Gobernador y la Vicegobernadora de la provincia y del rector de la Universidad Nacional del Litoral , y del decano, vicedecano y secretario de posgrado de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales.

Se contó con un gran marco de público, estimado en 200 asistentes por los organizados, con mandatarios, encargados de registros seccionales, funcionarios de la Secretaría de Justicia de la provincia y de la API, representantes de entidades colegas, mandatarios colegiados de toda la región , alumnos del curso de formación, empresas relacionadas con la actividad y en gran número mandatarios de sur de la provincia y de otras provincias como Córdoba, Entre Ríos, Santiago del Estero y Tucumán.

La coordinación estuvo a cargo del Dr. Eduardo Mascheroni Torrilla quien tuvo a su cargo la presentación de las jornadas, de los distintos disertantes y la moderación de las rondas de consultas, debiendo destacar lo fructífero de éstas últimas en todas las disertaciones.

Así, dictó la primera charla el dr. LUIS ALBERTO DAGUERRE, docente de la UNL y del curso de formación de mandatarios, sobre el FIDEICOMISO EN AUTOMOTORES; realizando una ajustada exposición sobre este derecho real, su raíz contractual, sus fines, conformación, la evolución que ha tenido en nuestro país en los últimos 15 años y apreciando figuras novedosas aplicables en el automotor como el fideicomiso de garantía.

El Sr. Roberto NESCI, funcionario de la CANJ de la DNRPACP, desarrolló una puntillosa disertación sobre los aspectos registrales de la inscripción de la prenda, con abundacia de casos prácticos e interpretaciones normativas, el endoso de prenda, la cancelación en particular del art. 25 inc. c) de la ley de prenda y el enfoque registral del fideicomiso, tanto en las transferencias como en inscripciones iniciales.

Anterioremente , los asistentes pudieron evacuar todas sus dudas e inquietudes respecto al procedimiento de baja del automotor con recupero de piezas, con la intervención de desarmaderos habilitados por el RUDAC y el peculiar trámite vinculado al recupero del motor semiarmado, en una clara y precisa exposición a cargo del asesor del RUDAC, Dr. CLAUDIO D' ANGELO.

Para concluir se llevó adelante un panel dedicado al sistema de percepción por los registros seccionales de las multas por infracciones de tránsito incorporadas al SUGIT, a cuyo efecto se expuso sobre las normas vigentes de derecho de tránsito, la inserción de la multa en el derecho contravencional, explicitando su naturaleza jurídica y efectos, ello a cargo del Dr. ADRIAN LUCIA, docente de la casa anfitriona, y experto en la materia y respecto a la implementación del sistema de cobro referido, en una detallada y exhaustiva disertación efectuada por el Lic. LEONARDO MANCUSO, del área Rentas de la DNRPACP.

Se debe destacar el seguimiento de todas las exposiciones que tuvieron aproximadamente 90' de duración mas 25' dedicados a consultas, que fueron seguidas con sumo interés por el auditorio.

A todos los asistentes muchas gracias por su participación , éstos podrán recurrir a sus certificados de asistencia en la sede colegial o dirigiéndose a cursos@colegiomandatarios.com.ar.-

Agradecemos muy especialmente la colaboración brindada por el secretario de Posgrado de la facultad, Dr. Javier Aga, el coordinador de servicios a terceros, Dr. Mario Martín Barletta, el personal no docente de la Secretaría de Posgrado de la Facultad, bedelía y de servicios generales de la alta casa de estudios, del personal del colegio de Mandatarios, en particular Mónica, Lorena, Sonia, Carlos, Adrián y Néstor sin cuya inestimable intervención, no hubiere sido posible concretar el logro de estas exitosas jornadas.

Destacamos que todo el desarrollo de las Jornadas, se encuentra videograbado y que puede recurrirse al Colegio organizador para obtener el dvd de las mismas.

Santa Fe, 17 de octubre de 2009, El Directorio del CMTRA. 1º C. SANTA FE.

COLACIÓN DE EGRESADOS DE LOS CURSOS DE FORMACIÓN DE MANDATARIOS

El día 03 de octubre realizó con gran éxito la colación de egresados de los Cursos de Formación de Mandatarios ( Promoción Marzo/07, Agosto 2007/08, Marzo/08, Agosto 08/09 ) la cual contó con la presencia de autoridades de la Universidad Nacional del Litoral , el Sr.Secretario de Postgrado Dr. Javier AGA, Secretario de Cursos y relaciones Institucionales Dr. Mario Martín Barletta, autoridades del Colegio en la persona de su Presidente: Sr. Juan Carlos Malocu, Tesorero: Sr.Atilio Clebot, , Secretaria: Srita: Cristina Rossi, Gerente del Colegio CPN Carlos Marianelli y la encargada de Cursos Sra. Mónica Galloni, con la colaboración de la Sra.Lorena Muga, juntamente con los profesores Dr. Eduardo Mascheroni ( Director de Cursos ), Dra Sabrina Sánchez, Dr.Vicente Roberto, Dr:Di Siena Diego ( profesores de cursos y de la UNL ) y Sr. Luis Cammarota ( Mandatario y profesor de cursos ).
En un clima de gran emoción entre los concurrentes se desarrolló el acto en la Sala del “Paraninfo” de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNL, en un gran acto que durante las dos horas de duración mantuvo la espectativa de los egresados y sus familiares en su conjunto.
Desde este Colegio se les dá la bienvenida a los nuevos MANDATARIOS y se les desea éxitos en su nueva actividad profesional y social.
Por otra parte, destacamos que el acto es una demostracion clara de la consolidacion de la profesión del Mandatario Registral del Automotor en nuestra sociedad luego de 16 años de constante trabajo del Colegio referido, bregando por dicho objetivo.
La familia de los mandatarios forma ya una parte fácilmente reconocible de la sociedad santafesina y ello se ha logrado en buena medida merced al trabajo conjunto de una entidad intermedia, el Colegio y una universidad pública, la UNL, indiscutido referente de excelencia educativa en esta región.
Todo ello constituye motivo de orgullo para todos los Mandatarios Registrales del Automotor que comienzan así a celebrar el décimo sexto aniversario de la puesta en funciones de su Colegio.

MARZO 2007

1  - CORIA EMILIANO
2  - DIAZ MARIA SOL
3  - FERRERO LAURA
4  - FUNES GOROSITO SABRINA
5  - WINGEYER EVELYN


AGOSTO 2007

6  - OVANDO ILEANA
7  - QUAIN CINTHIA
8  - TAMER LETICIA
9  - TABLADA RITA
10 - GIOMBI ROMINA

MARZO 2008 – SABADOS

11 - ANNIBALI VILMA
12 - AMARILLO CLAUDIA
13 - ABDALA ROCIO
14 - ALCORCE LUCILA
15 - AGUIAR ELIANA
16 - BACCEGA SONIA
17 - BELLINI CARLA
18 - BOYERAS MARIANA
19 - BRACAMONTE MONICA
20 - BROGGI AILIN
21 - CASTILLO MIRIAN
22 - CASTILLO NOELIA
23 - DOBANTON ELISABET
24 - FANTINI ELINA
25 - EGGER HUMBERTO0
26 - GOLASZEWSKI VANESA
27 - GANIS MIGUEL
28 - GARCIA MARIBEL
29 - KABLAN YAZMIN
30 - MALATESTA M.LAURA
31 - MESA RUBEN
32 - MEDRANO PATRICIA
33 - MASIN MIRTA
34 - MARKOWSKY GUSTAVO
35 - MARCOS SABRINA
36 - RAMOS SANDRA
37 - RUIZ LAURA
38 - SCATENA SOLEDAD
39 - SAURIN MELINA
40 - SCHUVIK MAURO
41 - SEQUEIRA GRACIELA
42 - VAIRA MARIELA
43 - WIDDER MELANIA
44 - YAPUR PAOLA

MARZO 2008 - LUNES

45 - ALVAREZ M.ANGELINA
46 - AIMETTA GUSTAVO
47 - ALBRECHT CARINA
48 - BAUMGARTNER NANCY
49 - BOGADO CLAUDIA
50 - CAVALLO CLAUDIO
51 - CEBALLOS LUCAS
52 - COLELLA M.ELENA
53 - CIUFFO MONICA
54 - DE GORI SILVIA
55 - FORNI CECILIA
56 - GRIGLIO GRACIELA
57 - GARCIA MATILDE
58 - KESTENS LILIANA
59 - MAIDANA M.LAURA
60 - MALDONADO SILVIA
61 - MOHNI SONIA
62 - MESQUIDA ALEJANDRO
63 - ORTIZ SANDRA
64 - OVIEDO STEFANIA
65 - PANIAGUA M.LAURA
66 - RIOS YANINA
67 - RODRIGUEZ CARINA
68 - RUSCH SERGIO
69 - SOSA MARIELA
ABRIL 2008 – SABADO

70 - ALARCON SABRINA
71 - BERTA SILVIA
72 - CATTALIN HUGO
73 - COLOMBO MARTA
74 - DELFINO CLAUDIA
75 - ESCOBAR FLAVIA
76 - GAUCHAT ELIANA
77 - GOMEZ ERICA
78 - KELLENBERGER ERIKA
79 - MELCHIORI CAROLA
80 - MARIN ERICA
81 - MUCHIUTTI ANDREA
82 - MEZA M.MIGUELA
83 - MARTINEZ JESICA
84 - OPERTO J.MANUEL
85 - REGUE M.CECILIA
86 - RIQUELME JESICA
87 - ROLDAN M.JOSE
88 - SALTEÑO CRISTIAN
89 - SCHOCRON CATALINA
90 - SCHIEBERT ALEJANDRA
91 - ANGULO GUILLERMO
92 - ALANI ANDREA
93 - BENITEZ MARIANA
94 - BAIGORRIA PAULA
95 - CORDOBA ARIANA
96 - CANTERO LORENA
97 - CINALLI VANINA
98 - GAREIS CAROLINA
99 - HASPERT GRACIELA
100 - MELCHIORI VALERIA
101 - MOLINERO MARTA
102 - MERLOS DORA
103 - MARTINEZ VIVIANA
104 - POSODENTE CAROLINA
105 - ROMERO M.LAURA
106 - STEFFEN EVANGELINA
107 - SAPINO SONIA


AGOSTO 2008-LUNES-SABADOS

108 - BLESIO JESUS
109 - CERRI MIRIAM
110 - BEDETTI RIENZO
111 - CHMARA OTTO GABRIEL
112 - FERRANTE VERONICA
113 - FRANCO PAMELA
114 - FRANCHINI ANALIA
115 - FRANCO M.INES
116 - GALLARDO M.DEL VALLE
117 - GOSSO M.AGUSTINA
118 - GOLDSMID CRISTIAN
119 - GRANDOLIO MARISOL
120 - KLUG IVANA
121 - MIÑOZ M.JOSE
122 - LESCANO IRMA
123 - LACOUR M.VIRGINIA
124 - OLIVERA ELIANA
125 - ORTIZ LILIANA
126 - PAULINO CECILIA
127 - PICARD CARINA
128 - PEROTTI RENE
129 - PLACENZOTTI J.MANUEL
130 - PREVIOTTO ALICIA
131 - RIVERO ADRIANA
132 - RIVAS ADRIANA
133 - RISTA M.ALEJANDRA
134 - SARTORI JESICA
135 - SALE DANTE
136 - VILLALBA NATALIA
137 - YATTAH MARCOS
DISTINTAS CUESTIONES REGISTRALES

ENMIENDAS EN SOLICITUDES TIPO
En el art. 10 de la Sección Primera, Capítulo I, Título I, del Digesto de Normas Técnicos Registrales haciendo alusión a la identificación del objeto de las relaciones jurídicas de matriculación y transmisión del derecho de dominio sobre automotores, se expresa claramente que no es posible la enmienda de la totalidad de la identificación del dominio en las solicitudes tipo, lo que conlleva en particular en los casos de transferencia con solicitud tipo 08 a que ante una enmienda de la identificación del dominio, la solicitud tipo resulte inválida y deba recurrirse a una nueva solicitud tipo para realizar la presentación del trámite ya que de resultar observada por dicha causal, el trámite no podrá prosperar, excepto supliendo la solicitud tipo por una nueva con el dato inserto correctamente.
Ante esta situación se ha discutido en numerosos casos llevados en consulta a la Dirección Nacional de los Registros de la  Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios, si la expresión “la totalidad de la identificación del dominio” de la norma enunciada, comprende solo al Nº de Dominio o tanto a éste  como el número de motor y número de chasis ya que son los datos que hacen a la identificación del bien en especial, según se pueden apreciar en las distintas solicitudes tipos particularmente en la solicitud tipo 08 o la 02.
Al respecto han existido dictámenes divergentes emitidos en el mismo período anual (año 2003) por parte de la Dirección Nacional en los exptes Nº 47620, 52520, y 11306 en los cuales se había señalado de que expresión comprende a la totalidad de los datos esto es al número de dominio, número de motor y número de chasis no siendo procedente el trámite peticionado con la presentación de una solicitud tipo 08 enmendada o que puedan tenerse como válidas dichas solicitudes en lo que concierne a la enmienda del número de dominio  si el error es solamente parcial sobre dichos datos, particularmente cuando lo que se encuentra correctamente volcado es el dato correspondiente al dominio en sí, esto es la matrícula dominial.
Este criterio fue nuevamente sostenido en el expte Nº 12121 del año 2005 y podemos considerar hoy que es el que se encuentra prevaleciente.
No obstante ello es recomendable no cometer errores en la mención del Nº de Dominio o la matrícula dominial aunque sí podría llegar a enmendarse los demás datos identificatorios como Nº de motor y Nº de chasis siguiendo estos criterios interpretativos.

MODIFICACION EN EL PORCENTAJE DE DOMINIO
Otra consulta que resulta de interés analizar  y que fue evacuada en distintos dictámenes emanados de la Dirección Nacional de Registros de la Propiedad Automotor entre los años 2003, 2004, y 2005 por ejemplo los exptes Nº 9948/03, 13463/04, 4011/05 alude a la procedencia del trámite de transferencia atento a que observada la petición  reingresa el trámite modificándose el porcentaje del adquirente que fuere en este origen del 100% y agregándose los datos de un condómino esto es en el rubro E en la solicitud tipo 08 quedando así determinado el porcentaje de la transferencia en un 50% para cada uno.
De acuerdo a lo normado en el art. 1º de la Sección 2º Capitulo I, Título I, del Digesto de Normas Técnicas Registrales, las solicitudes tipo debe completarse de manera tal que queden cubiertos todos los datos requeridos, tachándose los espacios no utilizados.
Entendido asi, si al peticionarse, debe controlarse que los espacios vacios fueron tachados  o cerrados y siguiendo lo establecido en el art. 10 Sección I, Título I, del mentado Digesto, no se dará curso a trámites donde en la solicitud tipo se haya enmendado la totalidad del nombre y apellido de alguna de las partes en la intención de evitar la sustitución de persona.
Dado este caso y si bien no se trata de una enmienda, sino de un agregado de un adquirente como condómino en el rubro E con posterioridad a la presentación inicial, se ha considerado por parte de la Dirección Nacional que el caso se asimila al supuesto del art. referido en último lugar (art. 10) toda vez que no ha sido la voluntad del vendedor transferir a este nuevo adquirente.
No obstante ello se advierte que no se encuentra certificada  la firma del segundo adquirente es decir el condómino incorporado por lo cual no puede tenérselo como peticionante de resultas de lo expresado en el art. 12 y 13 del Decreto Nº 335/88 reglamentario del Régimen Jurídico del Automotor.
Ver dictamen en el Expte Nº 7608/05.

SOLICITUD TIPO 08 DENUNCIADA COMO EXTRAVIADA.
Se consulta, como  proceder en un trámite de transferencia atento a que consta en el legajo B una denuncia policial formulada por el titular registral del extravío de la solicitud tipo 08 que ahora se presenta peticionando la transferencia.
En tal sentido el encargado entiende que la mera y simple manifestación del titular registral ante la autoridad policial no invalida la inscripción del acto peticionado, por ende de no mediar orden judicial que imponga lo contrario y de cumplirse con los recaudos previstos en la normativa vigente la presentación de la solicitud tipo resulta procedente la transferencia peticionada.
Esto es así por cuanto el robo de la solicitud tipo no devino en una resolución judicial que la invalidara expresamente.

TRAMITE YA COMPLETADO E INSCRIPTO Y SE OBSERVA ERROR POR EL INTERESADO
Carácter de datos insertos en la solicitud del título, aquí se requiere la revisión del trámite ya que alegando error  se completo la solicitud tipo 08 para una transferencia en condominio asignando porcentajes del 90 y 10% respectivamente cuando en realidad la intencionalidad era que se  inscribiera el vehículo solo a nombre  de uno de los actores condóminos para  afectarlo posteriormente a uso público concretamente el del taxi.
Según lo normado en la Sección II, Capítulo I, del Título I del Digesto las partes se hacen responsables por los datos que se consignan en la solicitudes tipo que tienen carácter de declaración jurada, siendo así  y encontrándose trámite de transferencia ya inscripto se trata de un acto administrativo firme no correspondiendo su revisión por la vía administrativa que se intenta, esto es la de un planteo conforme a la Ley Nacional de procedimiento administrativo, debiendo en todo caso haberse formulado el recurso Registral en los plazos y condiciones previstos por el art. 16 y siguientes del Decreto Nº 335/88 reglamentario del Régimen Jurídico del Automotor.
De igual modo entendemos que resultaría procedente en este caso efectuar nuevamente el trámite de transferencia (opinión del autor).
El presente caso fue tratado por el Expte Nº 712/05 de la Coordinación de Asuntos Normativos de la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios.